Tras dos años del lanzamiento del Škoda Karoq en nuestro país, sus propietarios, en líneas generales, están muy contentos con el producto, al menos, con los que hemos hablado y que pertenecen al Club Škoda Karoq; aunque hay algunos de ellos que no están muy satisfechos con la marca, debido a que consideran que no han obtenido la oferta de lanzamiento que, supuestamente, la marca ofrecía para los 600 primeros compradores de un Karoq en nuestro país. Por este motivo, acaban de presentar una demanda judicial contra Škoda España. Esta es la historia.
El punto de vista de los compradores
Llegaba el salón de Frankfurt de 2017, y el día de su inauguración, el 13 de septiembre de ese año, Škoda presentaba muy orgullosa el modelo Karoq, un SUV compacto por debajo del Kodiaq, a un coste contenido que debería impulsar las ventas en un segmento en el que, hasta el momento, no había entrado.
Para ello, como es habitual, la marca en España lanzaba la nota de prensa, de la que los diferentes medios sobre motor se hacían eco. En ella se anunciaban sus prestaciones y equipamiento, a la vez que se anunciaba una oferta de lanzamiento para los 600 primeros compradores del Karoq en nuestro país. Aquí llegamos al punto de la disputa entre estos primeros compradores y la marca.
La nota de prensa, entre otras cosas, decía: “Además, como oferta de lanzamiento, los primeros 600 pedidos del KAROQ incluyen de regalo 4 años de mantenimiento y los faros Full LED para los modelos Ambition o el sistema VarioFlex y los asientos con acabado tela-cuero en el caso del acabado Style.”
Hasta aquí, todo bien, todo correcto. Uno de esos primeros compradores, Jesús Donate, se puso en contacto con espíritu RACER hace algunas semanas. Quería contarnos su historia con la compra de su Škoda Karoq, afirmando que la marca no había cumplido con lo prometido en esa nota de prensa. Tras varios correos, decidimos quedar con él y con otro “afectado”, Joaquín Pérez, para saber qué estaba pasando.
Jesús estaba decidido a comprar un SUV, y dudaba entre el SEAT Ateca y el nuevo Karoq. Al ver el anuncio en diversos medios con la oferta de lanzamiento, se decantó por el nuevo SUV de Škoda. Reservó el modelo con una señal poco después de su anuncio, en noviembre de 2017, aunque la entrega de su vehículo no sería hasta febrero de 2018.
Durante este tiempo, Jesús comenzó a analizar la factura que le había entregado el concesionario. Allí no aparecía la oferta de lanzamiento, ni los cuatro años de mantenimiento, ni los faros Full Led, pues su modelo era el Ambition. Le preguntamos si no se fijó en este aspecto antes de entregar la señal. Jesús nos dice que con las prisas por tener su coche nuevo, no se dio cuenta de este aspecto.
Cuando se percató, al cabo de algunas semanas desde la entrega de la señal, habló con el concesionario, donde lógicamente le dijeron que en la factura aparecen los conceptos que están en el sistema. Jesús estaba confiado en que lograría solucionar este punto antes de la entrega de su Karoq, pues parecía una confusión entre el concesionario y la marca, al tratarse de un nuevo lanzamiento.
Pero no fue así. Llegó la entrega y su Škoda Karoq no tenía los faros Full Led ni los 4 años de mantenimiento. A partir de este momento, Jesús comenzó a escribir a la marca para reclamar lo que él cree que le corresponde: lo ha leído en toda la prensa del motor, y ha descargado la nota de prensa de la página de comunicación de Škoda España.
Al parecer, según nos cuenta, la marca le respondió que esa oferta de lanzamiento era únicamente para los clientes que se acogiesen a la financiación del Karoq con Volkswagen Finance, y en determinadas condiciones
Ante esa respuesta, se le ocurre reclamar en Autocontrol, el organismo independiente de autorregulación de la industria publicitaria en España, a la que la mayor parte de marcas y fabricantes se adhieren voluntariamente, para cumplir con una publicidad “veraz, legal, honesta y leal”.
En su resolución del 17 de octubre de 2018, vinculante para las empresas asociadas, Autocontrol determinaba que “la publicidad resultaba engañosa en la medida en que no desvelaba en ningún momento que dicha oferta estaba condicionada a la previa financiación del vehículo con Volkswagen Finance. En tales circunstancias, el Jurado estimó parcialmente la reclamación considerando que existía infracción de la norma 14 del Código de Conducta Publicitaria de AUTOCONTROL.”
Tras este fallo, la marca corregía su nota de prensa el 31 de octubre de 2018, de la que se hacían eco los principales medios del motor que habían publicado la noticia, añadiendo a la oferta la condición de la financiación. Jesús seguía su particular cruzada, muy al estilo de “Don erre que erre”, película de 1970. Reclamaciones ante OCU y OMIC en diferentes ciudades, dar a conocer su caso en medios de comunicación, contacto con la marca, etc.
Hasta hoy, Jesús y sus compañeros de club “afectados” -unos 200 según sus estimaciones- han intentado conseguir una respuesta positiva a su demanda por parte de Škoda, pero sin éxito.
Por este motivo, han iniciado acciones legales, interponiendo una demanda judicial, con ayuda del bufete Abogan. Hemos hablado con Rosa María Serrano, que se encarga del caso desde marzo de 2019.
Según el criterio de la abogada, “la publicidad engañosa está claramente demostrada”, por lo que no va a cobrar nada por anticipado: solamente cobrará si la demanda es favorable hacia sus clientes. Eso es apostar fuerte o tener las cosas muy claras.
Aquí nos surge una duda que lanzamos a la abogada: “¿Una nota de prensa es considerada legalmente publicidad?”. La respuesta no es contundente, pero Rosa María nos dice que en tanto en cuanto se transmite a través de los medios, se trata de publicidad y por tanto, vinculante a todos los efectos.
Han intentado comunicarse con el gabinete jurídico de la marca en julio de este año a través de burofax, pero no han obtenido ninguna respuesta. Así que para defender lo que creen que es justo, acaban de interponer una demanda. Los demandantes son Jesús Donate, Joaquín Pérez, y otro comprador de un Škoda Karoq, que efectivamente lo financió con Volkswagen Finance, pero que aún así, no contaba con la oferta de lanzamiento. Según sus cálculos, la marca les debe compensar con unos 4.000 euros a cada uno de ellos.
¿Por qué no han realizado una macro-demanda con todas las personas “afectadas”? Parece ser que se trata de un criterio meramente técnico, donde, desde el punto de vista procedimental, una demanda de pocas personas presenta ventajas jurídicas frente a otra más grande. De todos modos, está claro que si resulta favorable, el resto de los primeros 600 compradores que no han recibido su oferta, demandarán automáticamente tras el fallo y se les concederá su demanda por coherencia con la jurisprudencia.
El punto de vista de Škoda España
Después de escuchar una parte, debíamos recabar la opinión de la otra, así que nos pusimos en contacto con el departamento de comunicación de Škoda España. Conocen el caso y nos dicen que está en manos del departamento jurídico.
Según su opinión, “las notas de prensa son artículos periodísticos y en ningún caso son publicidad”. La publicidad la realiza el departamento de Marketing, que presenta anuncios en radio o televisión, prensa, folletos o vallas publicitarias, donde efectivamente hay un carácter contractual con lo publicitado.
Si esa frase de la nota de prensa hubiera aparecido tal cual en un anuncio, los compradores tendrían la razón y no habría discusión posible. Pero en los anuncios de prensa escrita que hemos visto, había un asterisco donde se indicaba que la oferta de lanzamiento para los 600 primeros compradores del Karoq era válida solamente para aquellos que financiasen la compra con Volkswagen Finance.
Por tanto, nos encontramos con la respuesta opuesta a la que nos dio la abogada de los “afectados”: según Škoda España, una nota de prensa no es publicidad, y por tanto, no es vinculante.
Qué dice la ley y los textos legales
Tenemos dos opiniones contrapuestas, cada una con argumentos válidos, así que vamos a intentar ir un poco más allá y ofrecer más datos para que el lector se forme su propia opinión.
La demanda de los primeros compradores del Škoda Karoq se basa en lo leído en los medios, y en última instancia, en la nota de prensa descargada desde la página de comunicación dirigida a periodistas de Škoda España. En esta página, podemos encontrar el siguiente aviso legal, con el que debemos estar de acuerdo para navegar por ella:
” 2) ACEPTACIÓN POR EL USUARIO
[…] Sin perjuicio de la asunción de este compromiso, Volkswagen Group España Distribución no está en posición de ofrecer, ni ofrece garantía respecto a la exactitud de la información de cualquier tipo recogida en el Web y que por error u omisión sea incorrecta o haya podido quedar anticuada. Con el objetivo de minimizar los inconvenientes ocasionados por posibles errores se recomienda la utilización de éstos como orientativos.”
Además, al final del catálogo oficial del Škoda Karoq, nos encontramos con este texto legal:
Por último, nos vamos a la ley de publicidad, donde nos indica qué es publicidad y qué no lo es:
“Artículo 2 (Ley 34/1988 modificada por la Ley 29/2009). A los efectos de esta Ley, se entenderá por:
– Publicidad: Toda forma de comunicación realizada por una persona física o jurídica, pública o privada, en el ejercicio de una actividad comercial, industrial, artesanal o profesional, con el fin de promover de forma directa o indirecta la contratación de bienes muebles o inmuebles, servicios, derechos y obligaciones.
– Destinatarios: Las personas a las que se dirija el mensaje publicitario o a las que éste alcance.”
Fuente: BOE
En su artículo 9, la misma ley nos arroja luz sobre cómo debe realizarse la publicidad en los medios, para que pueda considerarse como tal:
“Artículo 9 (Ley 34/1988 modificada por la Ley 29/2009).
Los medios de difusión deslindarán perceptiblemente las afirmaciones efectuadas dentro de su función informativa de las que hagan como simples vehículos de publicidad. Los anunciantes deberán asimismo desvelar inequívocamente el carácter publicitario de sus anuncios.”
Fuente: BOE
Consejos para evitar problemas
No sabemos como terminará esta demanda. Tal vez el juez la estime total o parcialmente a favor de los “afectados”, o la desestime, dando la razón al argumento de Škoda. Puesto que nosotros no somos abogados, lo único que te podemos dar son algunos consejos para no llevarte disgustos innecesarios en la compra de tu coche nuevo.
- En primer lugar, no te fíes a pies juntillas de lo que leas en los medios. Todos intentamos hacer el trabajo lo mejor posible, pero los errores en las notas de prensa son comunes, y nosotros también nos equivocamos, aunque sea en raras ocasiones.
- Si has visto una promoción de lanzamiento o de cualquier otro tipo sobre un modelo que piensas comprar, acércate a un concesionario y pide una oferta. En ella debe figurar claramente la promoción en uno de sus apartados.
- Ya tienes la primera oferta de un concesionario. No te quedes ahí y pide otras ofertas en otros concesionarios. En ocasiones pueden ofrecer paquetes adicionales sin coste u otras promociones.
- Cuando pagues la señal, asegúrate que en los conceptos de la factura aparece la promoción que quieres obtener. Si no está ahí, puede tratarse de un error, o simplemente, no es aplicable la promoción en tu caso. Lo que es seguro, es que lo que vas a obtener a cambio de tu dinero, debe figurar en la factura.
- Si has pagado la señal y encuentras algún error en la factura -p.ej. no aparece la promoción en los conceptos-, deberás saber qué tipo de señal has pagado -debe figurar en el contrato-: arras penitenciales o arras confirmatorias. En las primeras, si te echas atrás, perderás la señal; aunque si el vendedor excede el plazo de entrega, deberá devolverte el doble de la señal como penalización. Usualmente se emplea la segunda, donde el vendedor te la puede devolver en caso de que desistas de la compra, descontando los gastos ocasionados. Ojo, también puede obligarte a que pagues el resto del coche, considerando que la venta se ha realizado, si ya ha pasado el plazo.
- Por último, lo más importante: no firmes nada sin antes haber leído todo detenidamente. Si hay algo que no entiendes, solicita aclaración a un profesional, para que te explique las ventajas e inconvenientes de lo que estás firmando.
Este reportaje ha sido realizado gracias a las aportaciones de los miembros de nuestra comunidad a través de Patreon. Así podemos seguir realizando periodismo de motor de calidad sin depender de los ingresos publicitarios. Puedes ayudarnos a partir de 1 euro al mes.
Pablo Mayo
Ingeniero de profesión, la mayor pasión de mi vida son los coches desde que era un chaval. El olor a aceite, gasolina, neumático...hace que todos mis sentidos despierten. Ahora embarcado en esta nueva aventura, espero que llegue a buen puerto con vuestra ayuda. Gracias por estar ahí.Muy buen reportaje.
Esta claro que la duda sobre cómo se resolverá el caso está ahí porque pueden finalmente considerar que la nota de prensa no es vinculante. Aún así lo que está claro es que al menos los que financiaron deberían ser compensados, y está claro también que al no haber tenido estos aplicada la oferta, Skoda por descuido o intención no aplicó lo que publicitaba, con lo que hubo publicidad engañosa en los casos que financiaron y no obtuvieron oferta.
Pues yo tampoco soy abogado, pero decir que una nota de prensa enviada a los medios no es publicidad y, por tanto, no compromete…..pues es agarrarse a un clavo ardiendo, ciertamente.
Pues yo la verdad, después de leer la ley, no lo tengo tan claro. Además, ten en cuenta el aviso legal de la página de comunicación de donde se descargan las notas de prensa. Veremos qué dictamina el juez.
Después de haber estudiado periodismo de forma normativa, y repasando los apuntes, no veo nada claro que una información periodística, así como una acción de comunicación externa, tenga un valor vinculante. Otra cosa es un anuncio, debe incluir toda la letra pequeña y ahí sí que está el quid de la cuestión. Me temo que Skoda tiene razón. Las notas de prensa no suelen entrar en el detalle de las letras pequeñas. Lo veo como una omisión reprochable, pero lo importante es que en la orden del concesionario estaba todo claro. Podrían haber reclamado en ese momento, o haber desistido… Leer más »
Que raro el grupo VAG engañando, en casa desde luego no vuelve a entrar un coche de dicho grupo.
Hombre, no creo que sea un engaño. Más bien parece un error al no colocar la coletilla en la nota de prensa.
Pues muchas máquinas te pierdes.